Resultajurídicamente indiscutible que el cerramiento de terrazas supone una alteración en un elemento común, cual es la fachada del edificio, de modo que, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley de Propiedad Horizontal (LA LEY 46/1960), precisa para su válida realización un consentimiento unánime de la Junta de Propietarios. Estetipo de modificaciones se consideran una alteración sustancial de los elementos comunes y el art. 10 de la Ley de Propiedad Horizontal establece lo siguiente: “cuando así se haya solicitado, previa aprobación por las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de Tantola comunidad como cualquier comunero o propietario de un elemento privativo (pisos, locales, etc.) perteneciente a un edificio sujeto al régimen de propiedad horizontal puede ejercitar acciones judiciales en defensa de los elementos comunes.. Los elementos comunes del edificio son todos los necesarios para el adecuado uso y Conrespecto a todo esto, según dispone el Artículo 9.1. a) de la ley de propiedad horizontal, los propietarios están obligados a respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, Segúnindica el artículo 3 de la Ley de Propiedad Horizontal, las fachadas son artículos de uso común, junto a los revestimientos de terrazas, balcones y ventanas. Garajes. La Ley de Propiedad Horizontal dicta que las plazas de garaje son un elemento privativo. Es decir, el propietario puede disponer de ella cuando quiera. Leysobre Propiedad Horizontal (Ley 49/1960, de 21 de julio) - La cuota de participación en la propiedad horizontal: su fijación y - Id. vLex: VLEX-326754. Posibilidad de alteración La fachada constituye un elemento común del conjunto del Modalidades de contrabando. Conclusiones Ley de Propiedad Horizontal y tender la ropa: no se regula expresamente en la Ley de Propiedad Horizontal acerca de la instalación de tendederos, sin embargo, su articulado interpreta y legisla los conflictos que puedan surgir en torno a las alteraciones arquitectónicas del edificio. Si bien es cierto que se trata de una tarea Lasventanas son elementos comunes en cuanto a su configuración estética, es decir es la Junta quién decide, color, material, etc. en los exteriores. Pero no olvidemos, que en el interior de las viviendas cada cual podrá pintar la ventana como le venga en gana. Lapropiedad horizontal hace referencia a un sistema en que varios propietarios comparten elementos comunes, como pueden ser accesos (escaleras, pasillos), fachadas, muros, instalaciones eléctricas o de telecomunicaciones. Pese a su nombre este sistema es, de hecho, el que se aplica en la práctica totalidad de las edificaciones Paraaprobar la desafectación de un elemento común, habrá que estar a lo que dice el art. 17.6 de la LPH que dice lo siguiente: “Los acuerdos no regulados expresamente en este artículo que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la WIb82f1.